Sobre Nosotros

REVISTA CUENCA ILUSTRE


 

Nace en 1994 como un homenaje  a la ciudad de Cuenca, en sus festividades de Fundación e Independencia. Su objetivo fundamental se centra en lograr una concienciación ciudadana referente al rescate y preservación de los valores intrínsecos de nuestra cultura, reflejada en su historia, tradiciones y recursos turísticos únicos de nuestra ciudad, provincia y región austral.

Su orientación está dirigida a un lector amante del mundo de la cultura en sus múltiples aspectos: historia, turismo, ecología, entre otros. En definitiva, Revista Cuenca Ilustre se constituye, sin lugar a dudas, en un atractivo medio de difusión y promoción de nuestros valores culturales llegando a todos los sectores de la población con un lenguaje ameno, claro y convincente.

Esta revista contiene una variedad de temas que van desde la historia de la ciudad, la provincia, su cultura, paisaje  hasta el sabor de sus tradiciones en las festividades, en los barrios, en sus parroquias y cantones.

Revista Cuenca Ilustre es el fruto del trabajo de un grupo de profesionales que aman a su ciudad y desean darla a conocer a todo el país y al mundo las bellezas tangibles y no tangibles que adornan a esta hermosa urbe, declarada Patrimonio Cultural de la Humanidad.

Los esfuerzos para editar esta publicación han sido arduos, mas, el deseo de lograr sus objetivos ha superado todo obstáculo llegando a mantenerse por más de 19 años sin interrupción.

Revista Cuenca Ilustre es una publicación trimestral editada en Gráficas Hernández, bajo la dirección del Ing. Patricio Miller Q. Muchos de sus artículos, como la revista misma, han recibido reconocimientos como también premios a nivel nacional como internacional, destacándose los obtenidos a través de la Feria Internacional de Turismo FITE 2008, FITE  2009 y FITE 2011, como una de las mejores revistas de Turismo del Ecuador.

Revista Cuenca Ilustre, un aporte al desarrollo cultural de la región y de todo el país.

CODIGO DENTOLOGICO

REVISTA CUENCA ILUSTRE

 

En primer lugar la libertad de expresión del pensamiento es derecho fundamental del hombre y piedra angular de todas las libertades consagradas en la Constitución Política de la República y es, por tanto, una necesidad vital del pueblo ecuatoriano y un derecho irrenunciable.

La libertad de expresión con la responsabilidad de lo que se expresa se plasma esencialmente en la libertad de información y de opinión, a través de este medio de comunicación social. Dando a conocer soluciones a los temas criticados u opiniones adversas.

Al igual de la libertad de información de todo tipo cultural, historica debe ser difundida para toda la población ecuatoriana y no ser de carácter elitista.

CAPITULO I
 SOBRE LA INFORMACION

Artículo 1.- Revista Cuenca tiene la obligación de proporcionar a la comunidad una información objetiva, veraz y oportuna en varios ámbitos como educación, ciencia, cultura, historia y turismo del país..

Artículo 2.- La sociedad tiene derecho a ser correctamente informada y este medio de comunicación obligado a evitar la deformación y tergiversación de las informaciones que presenta.

Artículo 3.- No deben utilizarse artículos o publicaciones para denigrar o humillar a la dignidad humana.

Artículo 4.- Estar obligado a respetar la convivencia humana. Le está prohibido preconizar la lucha racial o religiosa. Defenderá la supervivencia de los grupos étnicos y sus derechos a la integración y al desarrollo del país.

Artículo 5.- Estar obligado a defender el derecho y el ejercicio de la libertad de expresión de todos los sectores de la comunidad, especialmente de los marginados y del medio ambiente.

Artículo 6.- Oponerse y denunciar las campañas promocionales y publicitarias que atenten contra los valores humanos y sociales.

Artículo 7.- La obligación de utilizar correctamente el idioma oficial.


CAPITULO II
 AMBITO

Artículo 8.- Dar a conocer la riqueza cultural, histórica, turística y tradicional de los territorios del país exigiendo al Estado una política nacional de comunicación que impida el monopolio de la información.

CAPITULO III
 FUENTES

Artículo 9.- Se debe verificar informaciones y recurrir a fuentes que garanticen una información veraz.

Artículo 10.- Se prohibe recibir bienes o valores destinados a interferir o tergiversar la labor informativa y de opinión.

Artículo 11- Comunicar de mala fe informaciones que atenten contra la dignidad, el honor o prestigio de personas, instituciones y agrupaciones.

Artículo 12.- Estar obligado a rectificar las informaciones probadas como falsas. Los rumores y las noticias no confirmadas deben identificarse y tratarse como tales.

Artículo 13.- Está prohibido utilizar como suyo material informativo en cuya elaboración no haya participado y no prestar su nombre para amparar publicaciones o programas donde no tenga participación efectiva.

Artículo 14.- Está prohibido usar el anonimato, las publicaciones apócrifas y la divulgación de rumores falsos o tendenciosos.

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